- Fecha: 22 de agosto de 1970
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Esta sentencia está enlazada desde los artículos:
- Pese a los desencuentros naturales de una ruptura, la corta edad del menor y el informe psicosocial, debe establecerse la custodia compartida
- La corta edad del menor no desincentiva la custodia compartida. No aplicarla petrifica la relación con el progenitor no custodio
- Si no se acredita la inidoneidad de la custodia compartida, debe aplicarse con carácter general