STS 96/2015 Actitud »razonable» de los progenitores en custodia compartida Fecha: 22 de agosto de 1970 PDF local PDF en CENDOJ Esta sentencia está enlazada desde los artículos: Actitud “razonable” de los progenitores para la guarda conjunta Para la custodia compartida se requiere “respeto mutuo” entre los progenitores. Nuevo recordatorio