Traspasando fronteras: publicación en medios argentinos de nuestro artículo sobre si la fuerza mayor justificaría suspender el pago de los alimentos.
Apenas un mes antes de decretarse el estado de alarma, recibimos en el despacho una sentencia que nos llenó especialmente de alegría, ya que ponía fin a más de cinco años de lucha desde que presentamos la demanda y que terminó de la mejor de las formas para nuestro cliente y, sobre todo, su hija: se confirmaba la custodia compartida de primera instancia.
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Dejar de pagar la pensión de alimentos durante la cuarentena ¿es posible? La modificación del régimen de medidas por la situación del coronavirus en el año 2020 es una opción pero ¿puedo dejar de pagar la pensión de alimentos sin que haya la modificación de medidas?
Siguen pasando los días y el estado de alarma, cada vez con medidas más restrictivas, avanza sin que todavía se vea el final. El país sigue paralizado y, con ello, la economía, algo especialmente gravoso para los padres separados.
Desde el pasado 14 de marzo España se encuentra en estado de alarma a causa del virus Covid-19. Son muchas las preocupaciones que nos están rondado en este momento por esta situación tan desoladora que se está cebando con gran parte de la población mundial y del que nadie estamos libres. Nada, absolutamente nada, dice el famoso Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma con relación a los arrendamientos urbanos, ninguna medida se ha tomado para proteger tanto a arrendatarios como a arrendadores.
Jorge Martínez Martínez y Eduardo Rodríguez de Brujón y Fernández, socios directores de Quercus&Superbia Jurídico, fundaron su despacho hace más de 25 años.
El Ministerio de Sanidad ha informado que del total de 1.326 muertos por coronavirus en toda España, 804 corresponden a la Comunidad de Madrid. Según la actualización de datos de este sábado a las doce del mediodía, en la región de la capital se ha pasado de 628 muertes a 804.
Vaya por delante que la respuesta, a priori, sería fácil: el estado de alarma no suspende el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las sentencias de familia con menores. Su especial naturaleza, ya que afectan a menores, determina que deba cuidarse con especial celo cuanto les afecta, y más en unas condiciones tan graves como las que vivimos estos días.
La declaración del estado de alarma en nuestro país es una situación, de más está decirlo, ciertamente excepcional. España se ha paralizado por una pandemia global que ha paralizado por completo nuestra actividad y nos ha confinado a un retiro forzado que veremos si dura los quince días previstos en esa declaración de alarma o si se alargará en el tiempo, como sucede en Italia.
La pasada semana, publicó la prensa de nuestro país que Italia archivaba todas las denuncias que Juana Rivas había interpuesto frente a su exmarido, Franceso Arcuri. Concretamente, el titular de EL MUNDO del pasado día 18 de febrero de 2020 era elocuente: Italia calificaba las denuncias de la Sra. Rivas como “inverosímiles”.
La pasada semana, publicó la prensa de nuestro país que Italia archivaba todas las denuncias que Juana Rivas había interpuesto frente a su exmarido, Franceso Arcuri. Concretamente, el titular de EL MUNDO del pasado día 18 era elocuente: Italia calificaba las denuncias de la Sra. Rivas como “inverosímiles”.
El pasado 24 de febrero de 2020 se conoció el último de los archivos frente a uno de los padres acusado de abuso sexual sobre su hija por alguna de las madres integrantes de Infancia Libre. En dicho auto de archivo, según consta publicado en diferentes medios periodísticos, la Sra. Juez del Juzgado de Instrucción nº54 de Madrid, sugiere la denuncia instrumental de la madre para, con ello, apartar al padre de la crianza de su hija.
La declaración del estado de alarma en nuestro país es una situación, de más está decirlo, ciertamente excepcional. España se ha paralizado por una pandemia global que ha paralizado por completo nuestra actividad y nos ha confinado a un retiro forzado que veremos si dura los quince días previstos en esa declaración de alarma o si se alargará en el tiempo, como sucede en Italia.
Cada día se dan más denuncias por violencia de género en nuestra sociedad en el marco de una separación de pareja con hijos, culpa de ello es la redacción del artículo 92.7 del Código Civil.
Tendemos a pensar que la primera vez que se reguló el divorcio en España fue en 1981, con la conocida Ley “Ordóñez” por el Ministro impulsor de la misma. Pero lo cierto es que 50 años antes, en la Segunda República, se reguló por primera vez en nuestro país el divorcio. Y pese a que España fue uno de los últimos países europeos en aprobar una ley para disolver el matrimonio fue aquella una norma muy avanzada para aquellos tiempos al considerar a ambos cónyuges iguales ante la ley (hasta entonces, la mujer casada era consideraba incapaz, por lo que actuaba representada por su marido).
Se trata de una conducta delictual que se encuentra en palpitante actualidad y que es fuente de no pocas discusiones y desencuentros en la sociedad.
La RAE define el juicio de desahucio como “Sumario que tiene por objeto el lanzamiento de quien como arrendatario, dependiente o precarista posee bienes ajenos sin otro título que el de arriendo caducado o resuelto.”
Artículo de Víctor Moisés Meño. Superbia Jurídico penal.
Jorge Martínez Martínez, Abogado de Legal Touch en Valencia y Director de Superbia Jurídico declaró a Economist & Jurist, que la posible dependencia del progenitor único custodio que pudieran tener los menores a temprana edad tiende a desaparecer de forma paulatina.
Hace unos días recibimos en nuestro despacho una sentencia penal que llamó nuestra atención por tratar sobre una conducta delictual que se encuentra en palpitante actualidad y que, si bien no es en modo alguno novedosa, es fuente de no pocas discusiones y desencuentros en la sociedad actual. Hablamos del delito de denuncia falsa.
La fiducia “cum amico”, es un negocio jurídico que está tomando importancia en estos tiempos y especialmente como consecuencia de las relaciones de pareja, reguladas o no reguladas, figura jurídica que habitualmente hace su aparición, cuando uno de los cónyuges se inicia en la actividad mercantil, ya sea como autónomo o como empresario quepretende preservar su patrimonio de las vicisitudes y riesgos del mundo empresarial.
Artículo de Víctor Moisés Meño Módenes, abogado – Superbia Jurídico.
Eduardo Rodríguez de Brujón se sitúa como el nº 1 en la Comunidad de Madrid y en Madrid capital en Derecho Bancario y Contratación, ocupando la 2ª posición a nivel nacional. D. Jorge Martínez se posiciona como el nº 1 en Derecho de Familia en Valencia y la Comunidad Valenciana, ocupando el nº 12 en el ranking nacional.
El Socio director del bufete de abogados Superbia-Quercus Jurídico, D. Jorge Martínez Martínez:, nos habla del "cambio cierto" como requisto para la modificación de medidas y el establecimineto de la custodia compartida.
Entrevista a D. Eduardo Rodríguez de Brujón y Fernández y a D. Jorge Martínez Martínez, socios directores del bufete de abogados Superbia-Quercus Jurídico.
Inauguramos hoy una nueva sección en SUPERBIA JURÍDICO. Tenemos la inmensa fortuna de contar con la colaboración de Dña. Esther Alba, Dña. Carmen Florit, Dña. Elena Goñi y Dña. Arancha Roldán, todas ellas profesoras de la Universidad Europea de Madrid, que nos darán un enfoque didáctico sobre el Derecho de Familia extraordinario. No podemos sino darles las gracias varias veces por ofrecernos su profundo saber e ilustrarnos con sus conocimientos.
Nuestro amigo Eduardo Rodríguez de Brujón nos ilustra acerca de la Orden de Malta. Artículo completo en informativojuridico.com.
Emérita Legal es una entidad que establece una clasificación de abogados en base al estudio de diferentes variables relacionadas con la eficacia de los abogados y la satisfacción de sus clientes.