Contactar con la víctima a través de amigos supone violar la prohibición de comunicarse con ella, según el TS (vía Confilegal)
Contactar con la víctima a través de amigos supone violar la prohibición de comunicarse con ella, según el TS.
Contactar con la víctima a través de amigos supone violar la prohibición de comunicarse con ella, según el TS.
Economist&Jurist, portal jurídico de referencia, publica nuestro último artículo, elaborado por nuestro socio director, Jorge Martínez: "Custodia compartida y crecimiento de los hijos: por qué el Tribunal Supremo entiende que no debe petrificarse la evolución de los menores".
Los peligros de la IA...
El Supremo rechazó por unanimidad el recurso contra el indulto concedido por el Gobierno a la malagueña condenada a dos años y medio de prisión por un delito de sustracción de menores.
El préstamo se usó para financiar la empresa de la que se obtenían los rendimientos para sustentar a la familia.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo avala así la medida de gracia otorgada por el Gobierno de Pedro Sánchez.
La sentencia razona que el plazo fijado legalmente cumple un fin legítimo.
"Ella se mirará en el espejo ahora y se sentirá muy insegura", le reprochó la mujer al niño.
El tribunal rechaza anular el artículo 92.7 del Código Civil, cuestionado en un caso en que hubo denuncias cruzadas entre los progenitores.
La magistrada les explica en qué consiste el proceso.
Justicia rebaja la pena a la expresidenta de Infancia Libre e Igualdad lo celebra como una victoria del feminismo. Mientras, la Fundación ANAR alerta de que el delito de secuestro parental aumentó un 48,5% en el último año.
El revuelo que la concesión gubernamental del indulto a María Sevilla ha causado puede llevar a que no pocos estudiantes de Derecho se replanteen seguir en la carrera, sobre todo si terminan en estas fechas su primer curso de docencia.
La ideología ha ganado la batalla a la justicia y la separación de poderes es un chiste de mal gusto
Artículo de Natalia Velilla en hayderecho.com. No es la primera vez que el legislador pretende solucionar un problema social a través de atajos legales. El Tribunal Constitucional ya lo dijo en la Sentencia de Pleno nº 185/2012, de 17 de octubre en la que se declaró nulo el inciso «favorable», al considerar que la exigencia del “informe favorable del Ministerio Fiscal”, del artículo 92.8 Código Civil para conceder la guarda y custodia compartida, era contraria a lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Española. Entendió el tribunal que se limitaba injustificadamente la potestad jurisdiccional que este precepto otorga con carácter exclusivo al Poder Judicial. El Alto Tribunal declaró que la vinculación del Juez al informe del Fiscal infringía el derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24.1 de la Constitución, pues al depender el pronunciamiento judicial de tal dictamen, se menoscaba el derecho a obtener una resolución sobre el fondo.
Además de la prisión permanente por el asesinato del menor, el Supremo condena a Ana María Baños a tres años lesiones psíquicas a su ex pareja y padre de la víctima.