ATS 947/2024, de 8 de agosto – Como respuesta al mejor interés del menor, que no de sus padres. Distancia domiciliaria.

Muy particular resulta la STS 947/2024, de 28 de julio. Por encima del interés personal de los progenitores siempre está el mejor interés del interés del menor, incluso aunque uno de ellos pueda vivir lejos por temporadas. Se cumple con la aplicación de la custodia compartida “siempre que sea posible.