Resumen SAP Madrid 53/2025, de 7 de febrero: la convivencia de los hijos con las padres siempre es compartida, aunque no necesariamente al 50%. Por Patricia Sánchez, una de nuestras compañeras en…
Patricia Sánchez Mayor
Abogada de Familia
Acogimiento familiar de los abuelos paternos: pese a la escasa relación previa, el bienestar del menor queda garantizado por sus familiares.
Si no hay un cónyuge que merezca mejor protección, el uso de la vivienda familiar debe ser alterno hasta que se liquide el régimen ganancial.
El progenitor que convive con un hijo mayor de edad está legitimado para reclamar, percibir y administrar la pensión de alimentos a favor de éste.
Aun teniendo justicia gratuita puede haber condena en costas si se litiga con temeridad y mala fe
No procede el abono de la cuota hipotecaria de la vivienda privativa del otro cónyuge.
Muy felices estamos en SUPERBIA JURÍDICO. Nuestra alumna y compañera Patricia Sánchez, estudiante de ISDE, ha conseguido la máxima calificación con su TFG sobre “Guarda y custodia compartida entre progenitores como regla…